1. Partes e importe principal
Por el valor recibido, [NOMBRE DEL DEUDOR], con domicilio en [DOMICILIO DEL DEUDOR] y NIF/RFC [NÚMERO] (el «Deudor»), se compromete a pagar a [NOMBRE DEL PRESTAMISTA], con domicilio en [DOMICILIO DEL PRESTAMISTA] y NIF/RFC [NÚMERO] (el «Prestamista»), la cantidad principal de [IMPORTE PRINCIPAL Y MONEDA] (el «Principal»), junto con los intereses indicados a continuación. Este Pagaré se fecha el [FECHA].
2. Intereses
El Principal pendiente devengará intereses desde el [FECHA DE INICIO DE LOS INTERESES] a un tipo del [TIPO DE INTERÉS] % anual, calculado de forma [simple / compuesta]. [ALTERNATIVA: Este Pagaré no devenga intereses.] El tipo de interés nunca superará el máximo permitido por la ley aplicable; cualquier exceso se aplicará a reducir el Principal.
3. Devolución
El Deudor devolverá este Pagaré de la siguiente forma: [ELEGIR UNA: (a) en un único pago de todo el Principal y los intereses devengados el FECHA DE VENCIMIENTO; o (b) en NÚMERO cuotas PERIODICIDAD iguales de IMPORTE DE LA CUOTA, a partir del FECHA DEL PRIMER PAGO, con el pago final de todas las cantidades pendientes el FECHA DE VENCIMIENTO]. Los pagos se harán mediante [FORMA DE PAGO] a [DATOS DE PAGO].
4. Imputación de pagos y amortización anticipada
Los pagos se imputarán primero a los recargos por demora, después a los intereses devengados y por último al Principal. El Deudor podrá amortizar anticipadamente todo o parte de este Pagaré en cualquier momento sin penalización. La amortización anticipada no aplaza ni reduce las cuotas posteriores, salvo que el Prestamista lo acepte por escrito.
5. Demora en el pago
Si algún pago se retrasa más de [PERIODO DE GRACIA, p. ej., diez (10)] días, el Deudor abonará un recargo por demora de [IMPORTE O PORCENTAJE DEL RECARGO], en la medida en que lo permita la ley.
6. Incumplimiento y vencimiento anticipado
El Deudor incurre en incumplimiento si: (a) no realiza algún pago en los [DÍAS] días siguientes a su vencimiento; (b) se declara insolvente o en concurso; o (c) incumple cualquier otra condición de este Pagaré. En caso de incumplimiento, el Prestamista podrá declarar, mediante notificación escrita, el vencimiento inmediato de todo el Principal pendiente y los intereses devengados, y el Deudor pagará los gastos razonables de cobro, incluidos los honorarios legales, en la medida en que lo permita la ley.
7. Garantía
[ELEGIR UNA: Este Pagaré no tiene garantía. / Este Pagaré está garantizado con DESCRIPCIÓN DE LA GARANTÍA en virtud de un contrato de garantía independiente de fecha FECHA.]
8. Renuncias y cesión
El Deudor renuncia a la presentación, el requerimiento, el protesto y la notificación de impago en la medida en que lo permita la ley. El retraso del Prestamista en ejercer un derecho no supone renuncia a él. El Prestamista podrá ceder este Pagaré notificándolo por escrito al Deudor; el Deudor no podrá ceder sus obligaciones sin el consentimiento escrito del Prestamista.
9. Ley aplicable
Este Pagaré se rige por las leyes de [ESPAÑA / LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS / OTRA JURISDICCIÓN]. Si alguna disposición se declarase inaplicable, las demás seguirán en vigor. Este Pagaré solo podrá modificarse por escrito firmado por el Deudor y el Prestamista.
10. Firmas
Las partes aceptan firmar este documento mediante firma electrónica, que tendrá la misma validez que su firma manuscrita en la medida en que lo permita la ley aplicable, y reconocen que puede firmarse en varios ejemplares. DEUDOR: [NOMBRE DEL DEUDOR] Firma: ____________________ Fecha: [FECHA] PRESTAMISTA: [NOMBRE DEL PRESTAMISTA] Firma: ____________________ Fecha: [FECHA] [OPCIONAL] AVALISTA / FIADOR: [NOMBRE DEL AVALISTA] Firma: ____________________ Fecha: [FECHA]